José Vicente Haro, abogado Constitucionalista | Foto: Archivo
En la sesión del 31 de mayo la AN aprobó un
Acuerdo para respaldar el interés manifestado por el G-7, OEA, Unasur,
Mercosur y el Vaticano sobre la situación económica, política y social
del país
La Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia suspendió los efectos de los actos
parlamentarios realizados el 31 de mayo y 10 de junio por considerar que
la Asamblea Nacional usurpó funciones del Ejecutivo, argumentando que
“tienden a solicitar la intervención de organismos e instancias
internacionales en asuntos internos de la República”.
En
la sesión del 31 de mayo la AN aprobó un Acuerdo para respaldar el
interés manifestado por el G-7, OEA, Unasur, Mercosur y el Vaticano
sobre la situación económica, política y social del país.
El
10 de junio, el parlamento discutió sobre la ruptura del orden
constitucional en Venezuela y exhrtó al TSJ y CNE no violar lo
establecido en la Constitución.
La
sentencia fue criticada por el abogado José Vicente Haro, quien expresó
en su cuenta Twitter que el TSJ “prácticamente consideró
inconstitucional Acuerdo de la AN que pide respetar la Constitución”.
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