La sala constitucional emitió la
sentencia ante la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N°
269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la
Secretaría del parlamento venezolano
El
Tribunal Supremo de Justicia a través de la Sala Constitucional publicó
este sábado la sentencia en la que acatan la demanda interpuesta por
los diputados de la "Bancada de la Patria", y suspendió de manera
cautelar los efectos de las sesiones efectuadas los días 26 y 28 de
abril, y 03, 05, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos
producidos en ellas.
La
sentencia fue dada ante la presunta violación de lo dispuesto en la
sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta
Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional.
Según
la sentencia, el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup
deberá presentar la documentación donde evidencie el cumplimiento de las
medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de
abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes
señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas.
Lea la sentencia aquí

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