Lo que se anunció como un aluvión de libertad se ha convertido en un goteo desesperante. A pesar de las promesas oficiales y la reciente Ley de Amnistía, la liberación de presos políticos en Venezuela avanza con una lentitud que organizaciones y familiares califican de «tortura psicológica». Mientras el Palacio de Miraflores intenta vender una imagen de apertura, en las puertas de los centros de reclusión la realidad es otra.
Según el balance más reciente de la ONG Foro Penal, para el pasado 8 de marzo se han verificado unas 670 excarcelaciones, una cifra que choca de frente con las expectativas generadas por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, quien asomó una resolución total para mediados de febrero. El contraste es doloroso: todavía permanecen tras las rejas 526 ciudadanos, muchos de ellos sin juicio y con la salud deteriorada por años de encierro.
«Estamos cansados de esperar«, es el grito que se repite a las afueras de Zona 7 en Boleíta y el Internado Judicial Rodeo I. Las familias denuncian que, a pesar de la ley vigente, los tribunales aplican un freno burocrático injustificado. No es solo que salgan pocos, es cómo salen: la mayoría recibe medidas cautelares que les prohíben hablar con la prensa o salir del país, manteniendo una espada de Damocles sobre sus cabezas.
Incluso el impacto internacional ha jugado su papel. Recientemente, Donald Trump celebró desde Estados Unidos lo que llamó un «ritmo acelerado» de liberaciones; sin embargo, para el venezolano de a pie que tiene a un hijo en El Helicoide, el ritmo es agónico. El uso de los presos como fichas de canje en tableros geopolíticos sigue siendo la denuncia constante de activistas como Tamara Sujú y Alfredo Romero.
El panorama se ensombrece con reportes de 11 personas desaparecidas de las que ni el Estado ni las organizaciones tienen rastro tras las recientes redadas. En un país donde el sistema de justicia parece responder más a órdenes políticas que a códigos legales, la libertad plena sigue siendo una promesa a medio cumplir, dejando a cientos de hogares venezolanos en una espera que parece no tener fin.

¿Cómo se diferencia legalmente una amnistía de un indulto?
La principal diferencia legal entre una amnistía y un indulto radica en la raíz de lo que se perdona y el alcance de sus efectos jurídicos. Mientras que la amnistía se considera un «olvido» del delito mismo, el indulto es una conmutación de la pena impuesta a una persona que sigue siendo considerada culpable ante la ley
Objeto de la medida: Hechos vs. Personas
La amnistía actúa sobre los hechos o delitos específicos cometidos en un contexto determinado
Es de naturaleza colectiva y absuelve a todas las personas involucradas en la causa señalada, sin necesidad de individualizarlas inicialmente
El indulto actúa sobre las personas de manera individual o grupal, pero bajo un proceso más administrativo
Efectos sobre la culpabilidad y antecedentes
En la amnistía, el Estado renuncia a su potestad penal y borra el delito con todas sus huellas
Tiene naturaleza retroactiva, lo que significa que no solo elimina la responsabilidad penal, sino que borra todo registro del caso de los antecedentes de los beneficiados. Jurídicamente, es un «borrón y cuenta nueva» donde desaparece toda culpa
En el indulto, la persona sigue siendo judicialmente culpable, pero se le dispensa de cumplir la pena fijada o se le cambia por una menor. No borra el delito ni los antecedentes penales del individuo
Autoridad que lo otorga
La amnistía generalmente debe gestionarse como una ley aprobada por el Poder Legislativo (Asamblea Nacional), aunque en ocasiones puede impulsarse por decreto ejecutivo
El indulto es una facultad tradicional del Poder Ejecutivo. En Venezuela, está contemplado específicamente en el artículo 236 de la Constitución y el artículo 104 del Código Penal como una atribución presidencial
Requisitos procesales
Para otorgar un indulto, generalmente se requiere que ya exista una sentencia firme y declarada sobre el beneficiado
La amnistía puede aplicarse en cualquier estado y grado del proceso, incluso si no hay condena, ya que al despenalizar el hecho, las acciones penales se extinguen de pleno derecho
Marco legal en Venezuela
Según el artículo 104 del Código Penal Venezolano, la amnistía tiene el poder de extinguir la acción penal y hacer cesar la ejecución de la condena junto con todas sus consecuencias penales
Por el contrario, el indulto se utiliza históricamente como un recurso de clemencia política, como ocurrió con los militares de los intentos de golpe de 1992 o los decretos de 2020, donde se liberan personas sin necesariamente anular las causas judiciales que originaron su detención.

¿Cuáles son los 13 eventos políticos incluidos en la amnistía?
La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, sancionada y promulgada en febrero de 2026, limita su aplicación a delitos o faltas cometidos en el contexto de 13 eventos políticos específicos ocurridos entre 1999 y 2026
Según el artículo 8 de dicha ley, los hechos incluidos son los siguientes:
1 El golpe de Estado del 11 y 12 de abril de 2002, lo que abarca también los asaltos y ataques contra instalaciones públicas, privadas, gobernaciones y alcaldías
2 Los sucesos relacionados con el paro y sabotaje empresarial y petrolero ocurridos entre diciembre de 2002 y febrero de 2003
3 Las manifestaciones y hechos violentos vinculados a la convocatoria y realización del referendo revocatorio presidencial de 2004
4 Las manifestaciones y hechos violentos de mayo de 2007
5 Las manifestaciones y hechos violentos registrados entre julio y septiembre de 2009
6 Los hechos violentos y manifestaciones ocurridos con motivo de las elecciones presidenciales de abril de 2013 y la posterior proclamación de resultados
7 Las manifestaciones y hechos violentos acaecidos entre febrero y junio de 2014
8 Las actuaciones de la Asamblea Nacional del período 2016-2021 (incluida la continuidad de la AN de 2015 en el período 2019-2020) y el desconocimiento de las autoridades e instituciones públicas
9 Las manifestaciones y hechos violentos ocurridos entre marzo y agosto de 2017
10 Las manifestaciones y hechos violentos de enero a abril de 2019, con la excepción explícita de los delitos que constituyan rebelión militar
11 La convocatoria y realización de los procesos internos (primarias) para la selección de candidatos presidenciales celebrados en el año 2023
12 Las manifestaciones y hechos violentos en el marco de las elecciones presidenciales de julio de 2024
13 Las manifestaciones y hechos violentos ocurridos durante las elecciones regionales y para la Asamblea Nacional de 2025
Es importante señalar que organizaciones como Foro Penal han señalado que esta lista es incompleta, ya que deja fuera otros 15 eventos políticos de relevancia ocurridos en el mismo período de 27 años, especialmente aquellos relacionados con alzamientos militares y civiles

¿Qué delitos y grupos quedan excluidos de esta ley?
La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática establece exclusiones claras tanto en tipos de delitos como en grupos específicos de personas, basándose en limitaciones constitucionales, tratados internacionales y criterios políticos internos.
Delitos excluidos por mandato legal (Artículo 9)
De acuerdo con el texto de la ley, no pueden recibir el beneficio de la amnistía quienes hayan cometido los siguientes delitos:
Violaciones graves a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra
Homicidio intencional y lesiones gravísimas
Tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas
Delitos de corrupción contemplados en la ley respectiva
Acciones contra la soberanía: Aquellas personas procesadas por promover, financiar o participar en acciones armadas o de fuerza contra la integridad territorial de Venezuela en colaboración con Estados, corporaciones o personas extranjeras
Grupos y casos excluidos según el contexto político
A pesar de ser una «amnistía general», organizaciones civiles y el propio articulado señalan exclusiones críticas de ciertos sectores:
El estamento militar: Esta es una de las exclusiones más señaladas por ONG como Foro Penal y Conciencia es Dignidad.
Se estima que cerca de 200 efectivos castrenses permanecen excluidos. Específicamente, la ley exceptúa el delito de rebelión militar ocurrido entre enero y abril de 2019. Tampoco se incluyen alzamientos como el asalto al Fuerte Paramacay (2017), el atentado con drones (2018), el alzamiento en Cotiza (2019) o las Operaciones Gedeón
Líderes políticos inhabilitados: La ley no contempla el levantamiento de las inhabilitaciones administrativas que pesan sobre dirigentes democráticos, como es el caso de María Corina Machado
Casos históricos específicos: Permanecen fuera del beneficio los policías metropolitanos condenados por los hechos de abril de 2002 (Erasmo Bolívar, Luis Molina y Héctor Rovaín), así como los hermanos Guevara, acusados por el asesinato del fiscal Danilo Anderson
Perseguidos en eventos no listados: La ley se limita a 13 eventos políticos específicos, lo que deja fuera arrestos y causas ocurridas en 15 de los 27 años del período comprendido entre 1999 y 2026
Exclusiones por condiciones procesales (Artículo 7)
La amnistía está condicionada a que la persona «esté a derecho» o se ponga a derecho tras la entrada en vigencia de la ley.


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