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lunes, 6 de abril de 2026

Rehenes de la revolución: ¿por qué el chavismo dejó a los militares por fuera de la amnistía?

 


La Ley de Amnistía de 2026, promulgada tras la captura de Nicolás Maduro, ha liberado a presos civiles pero excluye a 80% de la población carcelaria política: militares y sus familiares, procesados por rebelión, conspiración y "acciones armadas". A pesar de promesas como las 31 libertades condicionales anunciadas por Jorge Arreaza, persisten 188 uniformados en prisión, según Foro Penal, evidenciando una estrategia de control institucional sobre la FANB que sobrevive al colapso del chavismo. Desde 2014, el régimen aplicó un patrón represivo documentado por la ONU y ONG —torturas en DGCIM y Helicoide, juicios amañados en tribunales militares, Sippenhaft contra familias y reimputaciones post-pena— para depurar la oficialidad crítica, desde generales como Tomás Martínez hasta sargentos disidentes. Testimonios revelan a El Nacional que esta geografía del miedo perpetúa la sumisión castrense, contrastando con el indulto que Chávez y Diosdado Cabello recibieron en 1994 tras el golpe

El flujo de excarcelaciones que despertó una esperanza de reconciliación nacional tras la captura de Nicolás Maduro en enero y la posterior promulgación de la Ley de Amnistía de 2026, ha experimentado un estancamiento al cierre del primer trimestre del año. Diversas fuentes del sector militar y organizaciones de derechos humanos coinciden en que este frenazo judicial no es casual, sino que responde a que la mayoría de los presos políticos pertenecen al estamento militar y a su entorno familiar, sectores que han sido excluidos de los beneficios de libertad. Los uniformados y sus parientes representan 80,11% de la población carcelaria política. 

La amnistía se ha convertido en un mecanismo de alivio para presos civiles, pero en una pared de cristal para quienes el Estado procesó bajo cargos de rebelión, conspiración o traición a la patria. Detrás de esa cifra se extiende una política sostenida de más de una década de persecución judicial, uso de tribunales militares y de terrorismo, torturas documentadas y un sistema cada vez más visible de castigo y encarcelamiento a los familiares de los oficiales como mecanismo de presión, conocido como el patrón Sippenhaft.

Antes de la Ley de Amnistía, la lista pública de militares presos era de 195 personas. A pesar de que el presidente de la Comisión Especial de Seguimiento para la Ley de Amnistía, Jorge Arreaza, aseguró que 31 militares se beneficiaron de una libertad condicional concedida el 28 de febrero de 2026, al día de hoy, todavía existen 188 uniformados en diferentes cárceles, según Foro Penal. De los 31 liberados, solo se han podido identificar plenamente por nombre y rango a la Capitán Rocío Fernández y al Teniente de Corbeta Jesús Sifontes, debido a la opacidad procesal del sistema de justicia.

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elnacional

Aunque el conflicto es nacional, la presión punitiva del Estado mantiene un enfoque desproporcionado sobre los uniformados de la FAN en comparación con otros sectores de la sociedad civil. El sector militar representa una parte crítica de la población penitenciaria por motivos políticos y constituye el 37.37% de un total de 503 presos constatados. A esto se suman unos 215 (42.74%) civiles detenidos por su vínculo consanguíneo o de afinidad con estos oficiales, lo que consolida una realidad: La paralización de las liberaciones responde a una estrategia de control institucional sobre la Fuerza Armada Nacional. Sin la cabeza del viejo régimen, la arquitectura represiva que convirtió a estos militares en rehenes sigue en pie.

La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, aprobada el 19 de febrero de 2026 y presentada como un cierre del ciclo represivo chavista, revisa teóricamente 27 años (1999‑2026), pero se limita a 13 episodios concentrados en solo 14 de esos años —golpe de 2002, paro petrolero, protestas de 2013, 2017 y 2024, entre otros— dejando fuera a casi todos los procesos ligados a operaciones militares. El artículo 9 excluye a acusados de violaciones de derechos humanos, lesa humanidad, homicidio intencional, narcotráfico, corrupción, crímenes de guerra y, de forma amplia, a quienes hayan promovido o participado en “acciones armadas o de fuerza”, la fórmula bajo la cual se ha procesado a la mayoría de los oficiales presos.

"Estarán excluidos de la aplicación de la amnistía prevista en esta Ley, las acciones u omisiones que constituyan los siguientes delitos:

1. Violaciones graves a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

2. Homicidio intencional y lesiones gravísimas.

3. Tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

4. Delitos previstos en la Ley contra la Corrupción.

Estarán igualmente excluidos de la amnistía prevista en esta Ley, las personas que se encuentren o puedan ser procesadas o condenadas por promover, instigar, solicitar, invocar, favorecer, facilitar, financiar o participar en acciones armadas o de fuerza contra el pueblo, la soberanía y la integridad territorial de la República Bolivariana de Venezuela, por parte de Estados, corporaciones o personas extranjeras" (Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, 2026, art. 9).

Rehenes de la revolución: represión y persecución institucional al sector militar

Una fuerza armada sitiada desde adentro

Desde 2014, el chavismo ha encarcelado, procesado o sometido a medidas cautelares a centenares de militares acusados de conspirar, desobedecer órdenes o filtrar información, en paralelo al auge de las protestas y las fracturas internas dentro de la FAN.

La Misión de Determinación de los Hechos de la ONU y organizaciones como Foro Penal han documentado un patrón que se repite: detenciones arbitrarias, desapariciones breves, incomunicación prolongada, torturas para obtener confesiones, juicios sin garantías y uso sistemático de tribunales militares para castigar la disidencia dentro de la FAN. No se trata de episodios aislados, sino de una política de control interno, de acuerdo con diferentes fuentes consultadas.

Para la abogada y defensora de derechos humanos, Tamara Suju, el gobierno “no quiere tener libres a militares institucionales, militares que hayan hecho carrera con tropas y aquellos que tengan respeto dentro de la tropa porque no les interesa que quienes son respetados dentro de la institución estén libres”. Esto responde a un sistema de contención de la FAN que implica encarcelar, por un lado, a “individuos valiosos”, incluso si no están directamente relacionados con operaciones específicas de rebelión. 

Este es el caso del teniente coronel Igbert José Marín Chaparro, que ha obtenido el mayor promedio de calificaciones como cadete en la historia de la Academia Militar de Venezuela y fue detenido en 2018 tras reclamar, en una reunión a puertas cerradas, mejores condiciones alimenticias para su tropa armada, condenar la corrupción institucional y exigir equipamiento para las unidades. El delito que se le imputa es, en cambio, traición a la patria, instigación a la rebelión y acciones contra el decoro militar. Exigir mejoras dentro de la institución lo llevó a él y muchos otros a prisión.

El general Eduardo José Báez Torrealba, oficial retirado de la Fuerza Aérea de Venezuela que actualmente vive en el exilio, asegura que la cifra de detenidos desnuda no solo una estadística, sino “una profunda fractura interna y un descontento que no han podido aplacar ni con persecución ni con vigilancia”. Otro general retirado de la Fuerza Aérea que, por razones de seguridad será llamado “general Julián Salcedo”, agrega que “los presos políticos son utilizados por unos cuantas personas leales e incondicionales al régimen de Nicolás Maduro, ahora Delcy Rodríguez y Diosdado Cabello” para “silenciar” a aquellos que denuncian arbitrariedades dentro del sistema, así como “medio de extorsión y amenazas para los activos y retirados que intenten ser honestos o cumplir con las leyes”.

Báez apoya esta teoría: “No se trata de indisciplina; un militar indisciplinado es alguien que falta a su servicio o rompe una norma menor. Aquí hablamos de oficiales que han tomado la decisión consciente de no ser cómplices”, afirma. El general forma parte del grupo de los uniformados que tuvieron que irse a la fuerza del país. Fue degradado y expulsado de la FAN por el gobierno venezolano bajo acusaciones de ser "indigno" y atentar contra la seguridad nacional, mediante el decreto N° 3.299 por el que también Maduro degradó y expulsó a otros 23 funcionarios de la FAN, el 28 de febrero de 201, incluidos el general Raúl Isaías Baduel, quien murió en circunstancias sospechosas y denuncias de tortura, bajo custodia del Estado.

Sobre la institución que le cerró las puertas, Báaz asegura que, “en su cúpula, es rehén del poder civil, pero que en sus mandos medios y bases tiene un germen de libertad que el régimen intenta extirpar mediante el terror”.

Salcedo relata, por su parte, la amenaza y humillación a la que se han visto expuestos desde hace décadas: “Se realizan exposiciones, reuniones, arengas, donde se expone al escarnio público a los compañeros transmitiendo un mensaje sencillo y directo: si preguntas por ellos, puedes ir preso; si no sigues las instrucciones ilegales del régimen de Maduro y su gente, puedes ir preso”. Subraya que han sido “amenazados” con “desaparecerlos y perder la vida, utilizando los tribunales o jueces corruptos civiles y militares para aparentar que existe legalidad en todo”. 

Las fuentes consultadas coinciden en que existe un “patrón sistemático destinado a perpetuar la sumisión de los militares”, no solo con la cárcel, sino con una sucesión de mecanismos diseñados para impedir su salida definitiva. Además de la detención, son enjuiciados por los mismos delitos, el traslado a otros centros, las desapariciones breves y la implicación en nuevos expedientes posteriores a su detención, incluso en casos que poco o nada tienen que ver con ellos. Todo ello configura, en la práctica, un ciclo casi eterno que mantiene a buena parte de estos oficiales atrapados en procesos abiertos, impidiendo su liberación plena y reforzando, desde adentro, la obediencia de la FAN al régimen. La abogada Tamara Suju resume estas prácticas en las siguientes:

  1. Imputaciones genéricas de “traición a la patria”, “instigación a la rebelión”, “terrorismo” y “asociación para delinquir” sin evidencia sólida o bien, cuando las causas que reales son políticas, como denuncias de corrupción dentro de la FAN o solicitudes de mejoras a las tropas.
  2. Restricciones a la defensa e incumplimiento de plazos legales: es un patrón la intimidación a abogados defensores, exclusiones de audiencias, expedientes bajo secreto.
  3. Juzgamientos por los mismos hechos o con cargos agravados: militares que ya han cumplido sus penas son vueltos a presentar en tribunales, a menudo con delitos más agravados y en tribunales contra el terrorismo, lo cual es una violación del principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos delitos.
  4. Engaño y traslado a centros de tortura: en algunos casos, a los militares se les engaña diciéndoles que serán liberados, pero en su lugar son trasladados a centros de tortura como el Fuerte Guaicaipuro, que es uno de los peores.
  5. Desaparición forzada y secuestro de estado: los militares son desaparecidos por períodos prolongados, sin que sus abogados o familiares sepan de su paradero o los motivos de su detención. Esto es descrito como un "secuestro de estado".
  6. Implicación en casos posteriores a su detención: se les imputan delitos en casos que ocurrieron cuando ya estaban detenidos.
  7. Uso de casos antiguos para justificar detenciones: el régimen utiliza casos antiguos, como el de los explosivos en la Plaza Venezuela o la Operación Oro, para implicar a personas que estaban desaparecidas o que no tienen ninguna vinculación con esos hechos, como una forma de represalia.
  8. Persecución de familiares: se detiene y encarcela a familiares de militares buscados o en el exilio, incluso a menores de edad y personas de la tercera edad, como una forma de presión o represalia.
  9. Torturas sistemáticas: los militares presos, al igual que los civiles y sus familiares, son sometidos a torturas terribles y sistemáticas, incluyendo intubaciones por el pene, ano y nariz, golpes, ahogamientos simulados, simulaciones de ejecución, y condiciones infrahumanas que buscan destruir su salud física y mental. No hay diferenciación en el trato por rango militar.
El ciclo de la sumisión: el patrón de represión contra los militares

La persecución sistemática a familiares es una de las dimensiones menos visibles, pero más crueles, que ha sido denominada por ONGs como "criminalización por afecto". Un informe de 2024 de la organización Familiares de Presos Políticos Militares (FPPM) advirtió que la DGCIM y otros cuerpos “han extendido la persecución a hijos, madres, esposas, parejas, hermanas y otros familiares”, llegando a mantenerlos en prisión o bajo secuestro para “generar terror y forzar declaraciones” que avalen supuestos magnicidios y conspiraciones.​

Incluso quienes documentan estas violaciones han pasado a ser perseguidos. En enero de 2024, el fiscal general Tarek William Saab anunció órdenes de captura contra la periodista Sebastiana Barráez y la abogada Tamara Suju, entre otros defensores y periodistas, acusándolos de formar parte de supuestas tramas conspirativas. 

Delitos políticos disfrazados de delitos militares

En los expedientes de la “Operación Gedeón”, el asalto al Fuerte Paramacay u “Operación David”, la llamada “Guerra de los Puentes”, los casos “Sukhoi” o el caso “Dron”, fiscales y jueces han aplicado estas figuras para criminalizar desde intentos reales de golpe hasta filtraciones de información, críticas internas o simples sospechas de deslealtad. Organizaciones de derechos humanos sostienen que en muchos procesos no hay pruebas materiales sólidas, se ocultan actas de detención y se construyen tramas de “conspiración” con testimonios obtenidos bajo coacción.

Salcedo resume esta dinámica bajo el concepto de “terrorismo judicial”. “Buscan la contención directa de la FAN inventando hechos punibles y simulación de hecho, como traición a la patria, conspiración, faltas al decoro militar, abuso de autoridad y una serie de aspectos artificiales, no comprobados, que construyen alrededor de un objetivo o sujeto militar o civil que desean reducir o callar”, afirma, con el objetivo de “neutralizar los liderazgos” dentro de la institución. “La diferencia sustantiva es que los procesos disciplinarios normales no llevan como sanción la prisión, son actos administrativos sin carácter judicial, sólo pueden dictar castigos que no sean privativas de libertad y como máxima sanción, pueden expulsar administrativamente a miembros de la FAN, por lo que el régimen muy poco los utiliza”. 

Afirma que este “sistema de terrorismo judicial de Estado, lo configuró por un lado Cilia Flores, por otro lado Diosdado Cabello y por la parte de la FAN, Vladimir Padrino López”. Para llevar a cabo este sistema, se utilizan órganos represores policiales, como la Dgcim, en complicidad con defensores públicos militares, fiscales militares y jueces militares. La mayoría de los presos militares han pasado por una geografía del miedo que incluye la sede de la Dgcim en Boleíta, el Helicoide del Sebin, el penal de Rodeo I, el fuerte Guaicaipuro y otras instalaciones militares acondicionadas como centros de tortura y, una vez dentro, cada uno de ellos se presenta diciendo de quién es preso: “Yo soy de Diosdado, ¿y tú?”, “Yo de Maduro”, tal y como ocurre con los reos civiles. 

militares amnistía
El secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, y la directora ejecutiva del Instituto Casla, Tamara Suju, escuchan a un hombre que afirma ser un exteniente de la Fuerza Aérea Venezolana a través de una conexión de Skype en la OEA el 20 de marzo de 2019 en Washington, DC. Foto: Chip Somodevilla/ Getty Images/ AFP

¿Quiénes son los presos militares?

Los registros cruzados de distintas organizaciones permiten dibujar con cierta precisión el perfil de estos casi 200 presos militares. Según el listado más reciente, el núcleo de los uniformados recluídos lo componen seis generales, 16 coroneles, 14 tenientes coroneles, 8 mayores, 21 capitanes, 33 tenientes y 85 sargentos del Ejército, la Aviación, la Guardia Nacional y la Armada, muchos de ellos con años de prisión preventiva, condenas cuestionadas o incluso con la pena ya cumplida. Las pequeñas diferencias entre fuentes se explican, según ONG, por el criterio de clasificación, el miedo de las familias a denunciar y el subregistro de casos. Aún así, el punto en común es claro: nunca antes la FAN había acumulado tantos militares presos entre sus propios rangos.

En la cúspide de la lista aparecen seis generales que simbolizan la ruptura entre buena parte de la oficialidad media y el poder político:

  • Tomás Enrique Martínez Macías, general de división del Ejército, figura vinculado por la narrativa oficial a la llamada Operación Brazalete Blanco, supuesta conspiración para asesinar a Maduro y a otros altos funcionarios.
  • Oswaldo José Bracho, general de brigada del Ejército, es acusado de participar en operaciones conspirativas internas, encajando en el patrón de criminalización de la disidencia militar.
  • Miguel Carmelo Sisco Mora y Jackson Gutiérrez Strubinger, generales de brigada de la Aviación, señalados en distintos expedientes de conspiración.
  • Ramón Lozada Saavedra y Héctor Armando Hernández Da Costa, generales de brigada de la Guardia Nacional, relacionados por la Fiscalía al atentado del “dron” y otras tramas de “magnicidio”.

Varias de estas figuras arrastran severas afecciones de salud, y en el caso de Lozada Saavedra se han denunciado largas estadías en el Hospital Militar de Caracas donde su atención médica se interpreta más como herramienta de presión que como garantía sanitaria.

Por debajo de los generales se sitúan los 16 coroneles, muchos con trayectorias ligadas al control de fronteras, el resguardo de procesos electorales o el mando de unidades estratégicas. Entre ellos aparecen nombres como Carlos Jesús Sánchez Vásquez, Diego Bautista Espín Trini, Miguel Castillo Cedeño y Oswaldo Valentín García Palomo. Este último convertido por la propaganda oficial en símbolo de “traición” y acusado por el propio Nicolás Maduro de ser “responsable de las reuniones de funcionarios estadounidenses con algunos militares retirados venezolanos para intentar dar un golpe de Estado”.

El siguiente estrato está formado por los 14 tenientes coroneles y los 21 capitanes, que constituyen el grueso de los oficiales superiores presos. Muchos fueron detenidos por su presunta participación en operaciones como la “Guerra de los Puentes”, episodios de protesta interna o por filtrar información sobre corrupción y violaciones de derechos humanos dentro de la propia FAN. Igbert José Marín Chaparro, teniente coronel del Ejército, es uno de los casos más emblemáticos en este nivel. 

Entre los capitanes se encuentra Juan Carlos Caguaripano Scott, de la Guardia Nacional, quien en 2014 fue dado de baja del cuerpo militar tras denunciar la participación de "cubanos y grupos narcoterroristas extranjeros" en la "administración pública y militar". Lideró el asalto al fuerte Paramacay en 2017 y se convirtió en uno de los presos más visibles del “ala rebelde” de la FAN, llevado ese año a La Tumba, un sótano de torturas ubicado cinco pisos bajo tierra del edificio que funciona como sede principal del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) en Plaza Venezuela, Caracas. 

También en este nivel destaca Anyelo Julio Heredia Gervacio, capitán retirado del Ejército, detenido en 2017 por denunciar contrabando de gasolina en Táchira, que se fugó de la cárcel de Ramo Verde en 2019 y fue recapturado en la frontera colombo‑venezolana en 2023, volviéndose a ver acusado de conspiración y convirtiendo su caso en símbolo de la represión contra su familia y red de apoyo. Heredia fue arrestado en diciembre de 2024 y en un video —se desconoce si grabado de forma libre o bajo coacción— señaló que pretendía ingresar a Venezuela con otros compañero, como el militar retirado Ronald Ojeda Moreno, para ejecutar un plan armado contra el gobierno. Luego, el 24 de enero de ese año, apareció en la lista de los 33 militares degradados y acusados de “traición a la patria”.

Abajo de la oficialidad superior aparecen los 33 tenientes y, finalmente, los 85 sargentos, quienes concentran la represión hacia la base de la Fuerza Armada: quienes se negaron a reprimir manifestaciones, desertaron, o fueron perseguidos por su proximidad con oficiales procesados. En conjunto, este mapa cronológico de rangos —desde los generales hasta los sargentos— desnuda una institución que ha sido depurada verticalmente: no solo se castigó la cúpula crítica, sino que se extendió la cárcel y la persecución hasta los mandos medios y la propia tropa, usando el sistema de justicia militar como engranaje de control político.

Un sistema diseñado para impedir su salida definitiva

Un rasgo distintivo de estos expedientes es el desfase entre la pena formal y el tiempo real de privación de libertad. La organización Familiares de Presos Políticos Militares (FPPM) y defensores como Tamara Suju documentan casos de militares que ya cumplieron su condena, pero siguen encarcelados, son juzgados nuevamente por los mismos hechos saltandose el principio de Non bis in idem,una garantía esencial universal que establece que nadie puede ser juzgados por hechos que ya fueron objeto de una sentencia firme, tal y como refleja el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU) en su artículo 14.7; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 8.4; la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su artículo 50; y el Estatuto de Roma, en su artículo 20. 

En el círculo perenne de la permanencia en custodia del Estado, Suju también resalta que, algunas personas, incluidas familiares de los militares, son implicados en causas posteriores a sus detenciones o detenidos bajo engaño, desaparecidos brevemente o trasladados a centros de tortura, antes de su detención oficial para forzarlos a declarar en contra de sus cercanos. El teniente coronel Juan Carlos Peña Palmentieri, por ejemplo, habría cumplido su pena en septiembre de 2025, pero en noviembre fue sacado de su lugar de reclusión y llevado a un destino desconocido, configurando una desaparición forzada de facto. Algo similar ocurre con el sargento Rubén Darío López Sánchez, sentenciado a cinco años y ocho meses por la “Guerra de los Puentes”: el tiempo acumulado entre detención, juicio y retardo procesal supera la condena, y su excarcelación sigue en limbo jurídico.

Además, las excarcelaciones no llegan en forma de boletas claras, sino como órdenes verbales o decisiones precarias que dejan a las personas en una especie de limbo jurídico, siempre al borde de una nueva detención. En este sentido, la Ley de Amnistía se ha convertido en un mecanismo que apoya esta prolongación de la sujeción al Estado, en un muro infranqueable para perpetuar el sistema de represión desde las entrañas de la FAN, aquella que en su momento Hugo Chávez se esmeró en reformar y desestructurar, modificando en múltiples ocasiones Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana con el fin de adaptar la estructura castrense a su proyecto político.

Para el general Báez Torrealba, una amnistía bien concebida es una pieza clave de la reconciliación, pero no puede convertirse en coartada para la impunidad: “La Ley de Amnistía es una necesidad histórica para la reconciliación del país y para hacer justicia con quienes han sido perseguidos por defender la democracia”, de modo que “ellos deberían recuperar no solo su libertad física de manera inmediata, sino también sus derechos civiles y militares y su honor debe ser restituido públicamente. Es el primer paso para sanar las heridas dentro de la familia militar”. 

Al mismo tiempo, advierte que “una amnistía no es un perdón para crímenes de lesa humanidad. Los torturadores de la Dgcim, los jueces que prevaricaron y quienes ordenaron la muerte de venezolanos no pueden ni deben ser amparados por una amnistía. La ley debe ser quirúrgica: protección para el perseguido y el que se rebeló legítimamente, pero justicia y castigo para el violador de derechos humanos”.

Los oficiales de las Fuerzas Aereas consultados coinciden en que los militares y sus familiares presos deben ser liberados inmediatamente y sin condiciones. “No son criminales, son presos de conciencia”, dice. No hay optimismo. La Ley de Amnistía es el mecanismo con el cual el régimen usa a los presos como “piezas de negociación” pero, subraya Báez, “el costo de mantenerlos presos está creciendo cada día dentro de los cuarteles. La liberación de los militares presos será el primer gran síntoma de que el cambio en Venezuela ha comenzado de manera irreversible”.

Tamara Suju es categórica: “Cuando yo vea salir al primer militar emblemático, del caso Dron, del caso Paramacay, del caso Gedeón, del caso Constitución, del caso Acosta Arévalo, por ejemplo, pensaré realmente que se está abriendo la puerta de la libertad. Hasta ahora no he visto ningún gesto, ninguno”. Para ella,  la ley, lejos de romper el ciclo, lo blinda, con lo que hace falta que se establezcan indultos, sobreseimiento de causas y liberación total. Si esto el pronóstico para estos presos y sus familias es sombrío, lo que el general Salcedo califica como “licencia de corso ilimitada para hacer el mal”.

En más de dos siglos de vida republicana, Venezuela no registra un precedente comparable al actual: nunca antes, en un contexto formal de paz, casi 200 militares de carrera habían sido encarcelados y procesados simultáneamente por razones políticas, como ocurre bajo el chavismo, incluido el periodo desde enero con Delcy Rodríguez a la cabeza. Ni siquiera episodios extremos de la Independencia, como el Decreto de Guerra a Muerte dictado por Simón Bolívar en 1813, que legalizó fusilamientos y castigos sumarios contra realistas y sospechosos en plena guerra, configuraron un sistema sostenido de prisión política para la propia oficialidad en tiempos de “normalidad” institucional.

El antecedente numérico más cercano se remonta al golpe fallido del 4 de febrero de 1992 contra el expresidente Carlos Andrés Pérez, cuando fueron detenidos al menos 133 oficiales involucrados directamente en la asonada militar. Eran combatientes capturados en medio de un levantamiento armado, no el resultado de una purga amplia de sospechosos dentro de la FAN; permanecieron presos alrededor de dos años y luego fueron sobreseídos e indultados por el presidente Rafael Caldera, lo que cerró rápido ese ciclo. El contraste es evidente entre la absolución que recibieron entonces los que hoy están en el poder y el castigo perpetuo que actualmente padecen los oficiales. Gracias a este perdón en época democrática y tras un intento de derrocamiento, fueron sobreseidas las causas de figuras como Hugo Chávez, Diosdado Cabello, Francisco Arias Cárdenas, Jesse Chacón, Jesús Urdaneta Hernández, Hernán Grüber Odremán, Francisco Visconti Osorio o Luis Enrique Cabrera Aguirre. El 26 de marzo de 1994, se otorgó la libertad al último grupo que quedaba en la cárcel de Yare, incluyendo a Chávez y a sus compañeros más cercanos, con lo que apenas cuatro años después pudo postularse y ganar las elecciones presidenciales.

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