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sábado, 1 de agosto de 2026

Fábrica de engaños: El precedente que el chavismo enterró para blindar a Delcy en Miraflores

 

La Patilla

 

La abogada constitucionalista María Alejandra Díaz aseguró que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dejó de lado su propia doctrina para sostener la permanencia de Delcy Rodríguez como “presidenta encargada” tras la captura de Nicolás Maduro. Según afirmó, el máximo tribunal recurrió a una “ficción jurídica” para evitar que se activaran los mecanismos previstos en la Constitución para una falta absoluta del jefe de Estado.

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En un video publicado en su cuenta de X, Díaz basó su análisis en la sentencia N.º 3063, dictada en el caso de la entonces gobernadora de Nueva Esparta, Irene Sáez. A su juicio, ese fallo fijó criterios que el propio TSJ desconoció en la interpretación utilizada para justificar la continuidad de Rodríguez al frente del Ejecutivo.

La constitucionalista sostuvo que la decisión de 2003 estableció que una falta temporal “no se convierte en absoluta sólo por el transcurso de los días” y que cualquier cambio de esa naturaleza requiere un acto formal conforme al procedimiento previsto en la Constitución. También recordó que las causales de falta absoluta son taxativas y que los órganos del Estado “no pueden inventar causas” distintas a las contempladas en el artículo 233.

Sin embargo, Díaz afirmó que, tras la captura de Maduro, la Sala Constitucional creó una figura que no existe en la Carta Magna para evitar declarar la falta absoluta del líder chavista. “Una ficción jurídica”, la calificó, al señalar que el tribunal optó por encuadrar la situación como una ausencia forzosa de carácter temporal, lo que, según indicó, impidió activar la convocatoria de nuevas elecciones presidenciales.

Asimismo, denunció que el chavismo desplazó a la Asamblea Nacional del procedimiento constitucional. Según explicó, mientras la sentencia de 2003 exigía la actuación del Poder Legislativo para calificar una ausencia, en esta oportunidad el TSJ asumió directamente esas competencias mediante medidas cautelares. “Las atribuciones exclusivas y excluyentes de la Asamblea Nacional se las rasparon”, afirmó.

La abogada también cuestionó que esa interpretación permita prolongar indefinidamente la encargaduría presidencial. “Ellos interpretaron que puede prorrogarse indefinidamente… si Maduro vuelve en 20 años, en 20 años debe estar allí, encargada temporalmente”, expresó, al sostener que esa tesis vulnera el diseño constitucional y el principio de soberanía popular.

Finalmente, Díaz insinuó que el silencio del Parlamento podría estar condicionado por la relación familiar entre el presidente de la Asamblea Nacional y Delcy Rodríguez. “Yo no sé si será porque el presidente de la Asamblea es hermano de la encargada. ¿Entienden el conflicto de interés?”, manifestó.

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