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jueves, 4 de agosto de 2011

Está por llegar la nueva Ley Arredamientos Inmobiliarios

Caracas.- La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional revisa la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, y durante la discusión de hoy se aprobó parte del esquema de venta de las viviendas que tendrán que efectuar las constructoras a los inquilinos.

En el proyecto se establece que una empresa cuando construya un desarrollo debe destinar 25 por ciento al alquiler, esa norma fue diferida para revisarla con el ministro de Energía, Rafael Ramírez.

Pese que el artículo se postergó, los diputados sí aprobaron el régimen de venta y según la norma si el inquilino tiene 10 años viviendo en ese apartamento, la constructora -cumplido ese plazo- tiene que venderlo al arrendatario.

En la propuesta se contemplaban estímulos para la producción de viviendas, pero fueron eliminados.

Fue diferida, nuevamente, la discusión de los artículos 58 al 65, referidos a la fórmula para fijar los cánones de arrendamiento por parte de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas, ente que nacerá por esta ley en sustitución de la Dirección Nacional de Inquilinato, reseñó AVN.

Antes de reanudar la discusión el movimiento de inquilinos deberá llegar a un acuerdo con respecto a la ecuación a utilizar para calcular el monto del canon.

Entre los artículos aprobados están el 69, que establece en 20 días el lapso para que la Superintendencia realice el cálculo del costo del alquiler, una vez admitida la solicitud; y el 70, según el cual los cánones de alquiler de viviendas podrán ser revisados cada tres años.

Este apartado señala tres casos para que la institución revise los cánones de arrendamiento: cuando transcurrieron tres años después de la fijación del canon de arrendamiento máximo mensual; cuando se cambia total o parcialmente el uso para el cual el inmueble fue alquilado; y cuando el propietario ejecutó mejoras en la vivienda que excedan 20% del valor del inmueble, dentro de los tres años del plazo.

La Superintendencia también podrá iniciar el procedimiento de oficio, a los fines de mantener el equilibrio económico de las relaciones arrendaticias.

La Comisión de Administración y Servicios aprobó este miércoles 11 artículos, difirió 11 y suprimió uno (que exoneraba del impuesto sobre la renta las construcciones destinadas a arrendamiento, por cuanto es un tema inherente al Ejecutivo Nacional). Quedó en la discusión del artículo 81.
El Universal

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